985 62 23 81 info@mithra.es

El próximo 7 de marzo de 2022 es la fecha límite para que las empresas que cuentan con entre 50 y 100 personas trabajadoras cuenten con un plan de igualdad aprobado. Si aún no lo has implantado en tu empresa, a continuación te enseñamos qué pasos tienes que dar para cumplir con esta obligación legal y evitar posibles sanciones.

¿Qué son los planes de igualdad?

Mediante la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se estableció la obligación de las empresas de respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral, estipulando que las empresas debían adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

El pasado año, el Real Decreto 901/2020, que entró en vigor el 14 de enero de 2021, recogía un régimen transitorio, estipulando que las empresas que tuviesen entre 151 y 250 personas debían tener aprobado un Plan de Igualdad antes del 7 de marzo de 2020. Asimismo, establecía la misma obligación para las empresas de entre 101 y 150 personas trabajadoras, cuyo Plan debía ser aprobado antes del 7 de marzo de 2021.

Las empresas de más de 250 personas trabajadoras ya venían estando obligadas previamente a contar con un Plan de Igualdad (que habrán de actualizar a las nuevas medidas) y, en el caso de empresas de 50 a 100 personas trabajadoras, vienen estando igualmente obligadas a aprobar un Plan de igualdad antes del 7 de marzo de 2022.

¿Cómo debo realizar un plan de igualdad?

Con carácter previo a la elaboración del Plan de Igualdad se deberá realizar un diagnóstico, que versará sobre las siguientes materias:

• Proceso de selección y contratación.
• Clasificación profesional.
• Formación.
• Promoción profesional
• Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
• Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
• Infrarrepresentación femenina.
• Retribuciones
• Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

En esta fase se llevará a cabo un análisis detallado de la situación de igualdad de la empresa, en cuanto a oportunidades y trato entre hombres y mujeres, para lo que será necesario realizar actividades de recogida de información, de análisis, de debate interno, y finalmente, de formulación de propuestas que pueden integrarse en un Plan de Igualdad.

Las conclusiones y propuestas de mejora extraídas de los cuestionarios respondidos por Dirección, representantes legales de los trabajadores y la propia plantilla, deberán plasmarse en un informe.

El diagnóstico puede ser realizado de modo interno – por en quien delegue la comisión de igualdad –, o por una entidad o asesor externo. Pero siempre ha de ser facilitado a la comisión de igualdad, quien deberá dar su aprobación.

ADAPTA TU EMPRESA

El hecho de que no haya acuerdo entre las partes negociadoras en lo que respecta al resultado del diagnóstico, no invalida la obligación de negociar un plan de igualdad.

Si el resultado del diagnóstico arroja un resultado en el que existe claramente una infrarrepresentación de personas de un sexo determinado en determinados puestos, el plan de igualdad necesariamente deberá incluir una serie de medidas que ayuden a paliar o solventar esta situación mediante acciones positivas.

¿En qué beneficia a tu empresa contar con un plan de igualdad?

La implantación de un Plan de Igualdad en tu empresa, en aquellos casos en los que no sea obligatorio legalmente, puede comportar una serie de beneficios que indicamos a continuación:

 Mejora de la reputación e imagen de la empresa al proyectarse como una organización comprometida con la igualdad de géneros.
 Mejora del ambiente laboral, incentivando la motivación de las personas trabajadoras y fomentando la implantación de medidas de conciliación laboral y familiar.
 Disminución considerable de las probabilidades de demandas judiciales por las personas trabajadoras por posibles discriminaciones.
 En aquellos casos que sea obligatorio se evitará la imposición de sanciones por la Autoridad laboral.
 Mejora de la credibilidad de la responsabilidad social de la empresa.

Los Planes de igualdad, ya sean adoptados con o sin acuerdo, deberán ser registrados a través de la plataforma REGCON, donde se agrupan todos los registros de las Comunidades Autónomas.

Abrir chat